
Me ha parecido interesante tratar la normativa sobre la que se basan estas aulas hospitalarias. Si alguno de nosotros pretendemos trabajar en este ámbito, es importantísimo saber a que atenerse a la hora de desempeñar nuestra profesión de manera adecuada. Esto puede ser aplicable a cualquier sitio que vayamos a trabajar. Desgraciadamente, no siempre funcionan debidamente estas aulas hospitalarias, los profesionales deben poner todo el interés y una gran dosis de paciencia para conseguir los medios necesarios. Si alguno de nosotros llegara a trabajar en un centro sanitario, debemos tener en cuenta en primer lugar como se desenvuelven los profesionales (personal sanitario), que allí se encuentran, cuya labor es totalmente distinta a la nuestra y tener muy claro cuales son nuestros Derechos y Obligaciones a la hora de desempeñar nuestra profesión, de ahí la importancia de conocer la normativa vigente que se aplica en el puesto.
La implantación de estas aulas están normalizadas por el Decreto 246/2005, por el que se regula el ejercicio del derecho de las personas menores de edad a recibir atención sanitaria en condiciones adaptadas a las necesidades de su edad y desarrollo y se crea el Consejo de Salud de las Personas menores de Edad.
Para cubrir los objetivos estratégicos del Centro en esta materia, se dispone de una estructura funcional del Programa de Atención Integral Infanto-Juvenil. Este programa de mejora de la calidad asistencial cuenta con una implantación en todos los hospitales del Servicio Andaluz de Salud. Cada centro cuenta con un Responsable y un equipo multidisciplinar que constituye la Comisión de Seguimiento.
El artículo 11 aparece con el siguiente epígrafe:
“Educación formal, formación y ocio durante el ingreso hospitalaria y durante la asistencia periódica frecuente”.
En su punto 1, dice:
“El Sistema Sanitario Público de Andalucía prestará su colaboración a la Consejería de Educacion para que las personas menores de edad hospitalizadas de forma permanente o periódica, que se encuentren cursando la enseñanza obligatoria, puedan continuar con su formación escolar.
Criterios mínimos: todas las personas en edad de escolarización deben tener acceso durante su ingreso al profesorado hospitalario, en cualquier de los Servicios Asistenciales. Los familiares y escolares deben estar informados de este derecho a su ingreso en el hospital o unidad asistencial y se debe llevar a cabo un protocolo de coordinación para desarrollar la formación escolar sin interferir en la actividad asistencial. El personal sanitario se adaptará, en la medida de lo posible, al horario de formación escolar.
Punto 2.
Los hospitales dispondrán en la zona pediátrica de espacios destinados a las aulas, que estarán dotadas con mobiliario y material necesario y adecuado para el desarrollo de las actividades educativas que favorezca la educación.
Criterios mínimos: una necesaria información a los familiares y en ningún momento se debe impedir el acceso al aula, salvo que exista contraindicación médica.
Punto 3.
Los centros hospitalarios y aquello que funcionen como hospital de día infantil, dispondrán de espacios destinados a “salas lúdicas” o “salas lúdico-pedagógicas”, que permitan el desarrollo de las actividades lúdicas y formativas de todas las personas menores de edad ingresadas. Dichas salas dispondrán de mobiliario adecuado y estarán dotadas de material lúdico-pedagógico adaptado a los requerimientos propios de las diferentes etapas educativas y de desarrollo y que favorezcan la coeducación. Cuando las circunstancias lo aconsejen, las salas podrán ser utilizadas en actividades lúdicas.
Criterios mínimos: funcionamiento de salas lúdicas durante todos los días del año. Se debe dorar de profesionales adecuados para desarrollar una programación de actividades lúdicas, se podrán incorporar otros profesionales, así como voluntariado para desarrollar estas actividades, diferentes al profesorado. Estarán diferenciadas las actividades docentes y lúdicas, no deben interferir en la actividad o calidad de la formación escolar. Deben garantizarse cualquier día de la semana y en periodo de vacaciones.
Punto 4.
Los centros hospitalarios y los que funcionen como hospital de día infantil contaran con las adecuadas instalaciones e infraestructuras en telecomunicaciones y con equipos informáticos, que se usaran para el desarrollo de la coeducación, del ocio y de la comunicación de la persona menor con sus familiares., amistades o relación con otras personas menores de edad que estén o hayan estado hospitalizadas. Se establecerán los controles y sistemas de gestión de la información y de los contenidos, que serán necesarios, para que cualquier actividad se lleve a cabo usando estas tecnologías sea adecuada a las diversas edades de las personas menores de edad.
Criterios mínimos: implantación y desarrollo del programa Mundo de Estrellas. Espacio diferenciado dentro del aula, requiere profesionales responsables debidamente instruidos en el programa, funcionamiento todos los días del año con restricciones cubiertas con otras actividades.
Punto 5.
En los recintos hospitalarios se dispondrá de espacio al aire libre adecuado para el ocio de las personas menores de edad ingresadas que, en función de sus procesos, los puedan utilizar, teniendo en consideración las diferentes necesidades de cada grupo de edad.
Criterios mínimos: accesibilidad a los menores ingresados a un solárium y/o parque infantil. Debe existir la actividad de salida del niño al aire libre, acompañado de los padres, madres y de profesionales, las limitaciones deben definirse en función de riesgos para la salud del menor, garantizar condiciones estandarizadas de seguridad. Con el consentimiento informado del menor y/o de sus representantes legales. Organizar un programa “mínimo” de salidas al aire libre para los menores.
Una vez visto la normativa vigente a la que nos debemos acoger, señalo a continuación las funciones del Educador social en este ámbito hospitalario y que bien especificaban las compañeras autoras del trabajo:
Implicar a los contextos sociales
Evitar la marginación
Observar contextos, actitudes y comportamientos y detectar situaciones de riesgo
Dinamizar las relaciones de convivencia
Mediar entre familiares, paciente y personal sanitario
Posibilitar alternativas en la intervención educativa
Favorecer el desarrollo global del paciente
Dar formación, información y orientación
Carmen
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